¿Por qué acusar recibo?

Bolsa de productos - Factoring

Gracias a proyectos como la Reforma Tributaria y a la importancia que se le ha dado al sistema de facturación electrónica, la factura propiamente tal, ha ido ganando amplio terreno como instrumento de acceso al mercado de capitales. El sostenido aumento de la noción de ahorro e inversión, tanto de empresas como de personas naturales, ha contribuido en gran manera a esto.

El Estado, a grandes rasgos, siempre ha mostrado vivo interés en el desarrollo de las pymes en Chile, y parte de este esfuerzo por mejorar el sistema impositivo es proveer un marco regulatorio para el correcto y libre desempeño del mercado del factoring en Chile, el cual está estrechamente relacionado con la aceptación y el cumplimiento de las normativas tributarias por parte de los actores en dicho mercado. Con una participación del 8.3 % del PIB, el factoring en Chile posee tanta presencia como en otros países más desarrollados como Francia (8 %), Italia (9 %)y Reino Unido (13 %).

¿Por qué es importante que los actores de la venta cumplan cabalmente con todas las etapas del proceso? ¿Qué tan importante es el acuse de recibo?

Mérito Ejecutivo

 El mérito ejecutivo, es la condición que adopta un documento tributario (Factura) cuyos productos o servicios han sido correctamente recibidos por el cliente o deudor. Para que el documento posea mérito ejecutivo, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • No haber sido reclamado (hasta 8 días después de haber recibido los servicios o productos)
  • Que su pago sea actualmente exigible, y que la acción para su cobro ejecutivo no se encuentre prescrita. (“El plazo de prescripción de la acción ejecutiva, para el cobro del crédito consignado en la copia de la factura establecida en la ley, en contra del deudor de la misma, es de un año, contado desde su vencimiento. Si la obligación de pago tuviese vencimientos parciales, el plazo de prescripción correrá respecto de cada vencimiento”)
  • Que consigne el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, indicando el recinto y la fecha en la que se recibieron las mercaderías o se prestaron los servicios, además del nombre y el Rut de la persona que recibió los mismos.
  • Que no se alegue la falsedad de la factura, del recibo o la falta de entrega de las mercaderías o del servicio prestado, una vez que sea notificado judicialmente el deudor.

¿Por qué es relevante que las facturas cuenten con dicho mérito? Dado que las facturas pueden considerar plazos de pago a 30, 60, 90 e incluso 120 días, el factoring se ha convertido en una alternativa de financiamiento especialmente relevante para las pymes y, también, en una opción de inversión para quienes adquieren la factura y realizan el cobro al final del plazo estipulado en el instrumento.

En Chile, el mercado del Factoring alcanza a los US$28 mil millones, según cifras del año 2015. La gran mayoría de las transacciones de facturas se hacen a través de instituciones bancarias, las que concentran aproximadamente el 90% del mercado. El 10 % restante se divide entre las empresas de factoring (5 %) y la Bolsa de Productos (5 %).

Cumplir con mérito ejecutivo es una de las condiciones que deben tener las facturas para ser cedidas legalmente. Es requisito para que puedan ser transadas, conforme a la ley. En 2014, además, se publicó la Ley N°20.727, que establece normas sobre la facturación electrónica. Esta normativa, que buscaba actuar como un incentivo para que las empresas den el acuse pertinente, estableció que los créditos fiscales del IVA de los que dé cuenta una factura electrónica deberán ser utilizados en el período en que el comprador emita el correspondiente acuso de recibo.

Sin embargo, las facturas suelen ser «amarradas» negando la empresa el acuse de recibo al proveedor. Christopher Bosler, gerente general de la Bolsa de Productos aclara: «Hay muchas facturas que no tienen el acuse. Es muy importante el rol del pagador, porque es él quien da el acuse de recibo, pero no tiene ningún incentivo monetario para darlo. La ley dice que, si el servicio fue entregado o la mercadería fue entregada, el acuse de recibo hay que darlo, pero las empresas no lo dan».

Lo cierto es que al ser diligentes en lo que respecta al acuse de recibo, podemos disponer de un excelente mecanismo para obtener financiamiento para nuestra pyme, y a tasas altamente competitivas. Christopher Bosler concluye: “El corredor cobra entre un 0,1 % y un 0,3 %, dependiendo de quién es el cliente. Por lo tanto, estamos hablando de una tasa final para el cedente entre un 0,7 % y un 1 %, versus el factoring bancario, donde el promedio de tasas está entre un 1,5 % y un 2 %, mientras que en el factoring no-bancario el promedio está entre 2 % y 5 %».

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